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  Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Sonora

Artículo 71 Ley General Transparencia y Acceso a al Información Pública

Artículo 71. Además de lo señalado en  el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

 

Fracción I

 

A) Plan de Desarrollo Estatal

A) Plan Nacional de Desarrollo

B) Presupuesto de Egresos

B) Egresos y Fórmulas de Distribución de los Recursos

C) Listado de Expropiaciones Realizadas

C) Hipervínculo de Expropiaciones Realizadas

D) Contribuyentes que recibieron Cancelación o Condonación de Créditos Fiscales

D) Estadística sobre Exenciones Fiscales

D) Hipervínculo a la Cancelación y Condonación de Créditos Fiscales

E) Corredores y Notarios Públicos

E) Sanciones Aplicadas a Corredores y Notarios

E) Hipervínculo a la información de los Corredores y Notarios Públicos

F) Tipos de usos de Suelos

F) Licencia de uso de Suelo

F) Licencia de Construcción

F) Planes y/o Programas de Desarrollo Urbano

F) Planes y Programas de Ordenamiento Territorial

F) Planes y Programas de Ordenamiento Ecológico

F) Hipervínculo a planes de Desarrollo Urbano

G) Disposiciones administrativas

Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

                         Información actualizada al 31 de julio del 2020