Artículo 81 LTAIPES
Artículo 81.- Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos portales y sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente Capítulo y de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y políticas que establece el artículo 70 de la Ley General, así como también la siguiente información adicional:
I.- Estructura Orgánica
II.- Directorio
III.- Remuneración bruta y neta
IV.- Servicios y trámites
V.- Gastos por concepto de viáticos y representación
VI.- Perfil de puestos
VII.- Declaraciones de situación patrimonial
VIII.- Unidad de transparencia (UT)
IX.- Información financiera
X.- Resultados de auditorías realizadas
XI.- Cuenta pública
XII.- Deuda pública
XIII.- Relación de fideicomisos públicos y mixtos
XIV.- Padrón vehicular
XV.- Los planes, programas o proyectos con indicadores de gestión
XVI.- Actas de entrega-recepción
XVII.- Georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando el sector
XVIII.- Programa anual de comunicación social o equivalente
XIX.- Los índices de expedientes clasificados
XX.- Las solicitudes de acceso a la información pública
XXI.- Descripción de las reglas de procedimiento para obtener información
XXII.- Los convenios Institucionales celebrados
XXIII.- El listado, estado procesal y sentido de los juicios de amparo
XXIV.- La calendarización de las reuniones públicas
XXV.- Las opiniones, estudios, análisis, recomendaciones y-o puntos de vista documentados
XXVI.- Resultados adjudicaciones, invitaciones y licitaciones
XXVII.- Los catálogos documentales