Transparencia>Poder Ejecutivo>Entidades>COECYT>Histórico>Reglas de Procedimientos para obtener Información>Procedimiento para obtener información

  • Procedimiento para obtener información

Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología (COECYT)

REGLAS DE PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER INFORMACIÓN

___________________________________________________________________________


 

 

 

1.- Presenta tu solicitud por el medio que consideres apropiado, ante la Unidad de Enlace que consideres competente para entregar respuesta.

 

MBA. Myrna L. Casarez Zazueta
Titular de la Unidad de Enlace de Acceso
a la Información Pública del COECYT
Calle Comonfort S/N, Col. Villa de Seris, 3er piso Edif. Sonora Sur,

Centro de Gobierno, CP 83280 Hermosillo, Sonora, México.
Tel (662) 259-61-52 / mail: myrna.casarez@sonora.gob.mx

 

2.- La solicitud de información podrá efectuarse en forma escrita o verbal manera personal o telefónicamente, o mediante un sistema electrónico vía remota o a través de la página en Internet del Portal de Transparencia del Gobierno del Estado de Sonora, en el cual se encuentra el sistema INFOMEX.

 

3.- Se recibirán las solicitudes únicamente en días y horas hábiles, considerados para tal efecto, los días de Lunes a Viernes, con horario de atención de las 8:00 a las 15:00 horas.

 

Las solicitudes que se presenten en días inhábiles y fuera del horario señalado, se registrarán al día siguiente inmediato hábil para efectos de los cómputos de los plazos a que se refiere la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

 

4.- La solicitud de información pública deberá reunir los datos estipulados en el artículo 38 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora:

 

I.- Denominación del Sujeto Obligado al que se dirija la solicitud;

II.- Nombre completo del solicitante según este lo haya proporcionado, sólo para efecto del Seguimiento.

III.- Señalamiento o descripción de la información que se solicita;

IV.- El lugar o medio para recibir la información solicitada o las notificaciones que procedan al efecto.

 

5.- Receptada la solicitud de información la unidad de enlace registrará en un acta o formato electrónico los detalles de la solicitud y para el caso de presentación en forma escrita, procederá a entregar una copia de la misma al solicitante, con número de folio, el que se entregará para todos los casos de solicitudes a fin de dar seguimiento a la petición.

 

6.- Si el solicitante no requiere reproducción de la información solicitada, la unidad de enlace deberá notificarle la aceptación de la solicitud dentro de los 5 días hábiles siguientes al ingreso de la misma, y hacer de su conocimiento tiempo y forma en que se podrá consultar en forma gratuita.

 

7.- Para el caso que el solicitante requiera reproducción de la información solicitada, dentro de 5 días hábiles la unidad de enlace deberá notificarle la aceptación de la solicitud y el costo de reproducción, haciéndole saber que tiene un plazo de 60 días naturales para efectuar el pago correspondiente.

Si el solicitante no efectúa el pago de reproducción de información dentro del plazo estipulado, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Si el solicitante efectúa el pago de reproducción de información dentro del plazo estipulado, la Unidad de enlace entregará la información solicitada dentro de un plazo de 10 días hábiles posteriores a la fecha de pago, concluyendo así el procedimiento.

 

8.- Si la unidad de enlace no entrega la información en el plazo de los días hábiles posteriores a la fecha de pago, dicha unidad de enlace cuenta con 5 días adicionales para la entrega de la información, debiendo reintegrar al solicitante el pago realizado.

 

9.- Si el solicitante solicitó información que debe ser reproducida y además entregada al solicitante en un lugar distinto a la Unidad de Enlace, en adición a los Derechos correspondientes deberá cubrirse el costo del envío por el medio que lo haya requerido, pudiendo ser correo certificado, mensajería local ó foránea, de acuerdo a las tarifas para el pago de derechos que deberán cubrir los solicitantes de información pública estipulados en la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, de conformidad con el artículo 309 numeral 2 de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora.

 

a).- Expedición de copias certificadas de documentos por cada hoja $ 15.00

b).- Por cada disco flexible de 3.5 pulgadas $ 20.00
c).- Por cada disco compacto $ 25.00

d).- Por cada copia simple $ 1.00

e).- Por cada hoja impresa por medio de dispositivo informático $ 8.00

f).- Por reproducción de documentos mediante digitalización de imágenes y texto (scanner). De la primera a la vigésima hoja, GRATUITO. A partir de la vigésima primera hoja, $ 1.00 por cada hoja .

Los pagos anteriores deberán realizarse en las Agencias ó SubAgencias Fiscales dependientes de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, y en las Tesorerías Municipales en aquellos casos de los municipios del Estado de Sonora que no cuenten con Agencia o Sub Agencia Fiscal.

 

10.- Para el caso que la unidad de enlace no tenga la información solicitada por no ser competencia de la misma, se notificará al interesado la resolución conducente y se turnará la solicitud a la Unidad de Enlace que considere competente, teniendo un plazo de 48 horas para el efecto.

 

 

 

LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SONORA.

 

 

 

 

_________________________________________________________________

Unidad de Enlace: Dirección de Planeación Estratégica y Administrativa

MBA. Myrna L. Casarez Zazueta

 

Actualizado a Octubre del 2018

_________________________________________________________________

MBA. Myrna L. Casarez Zazueta
Titular de la Unidad de Enlace de Acceso
a la Información Pública del COECYT
Calle Comonfort S/N, Col. Villa de Seris, 3er piso Edif. Sonora Sur, Centro de Gobierno
CP 83280 Hermosillo, Sonora, México.
Tel (662) 259-61-52 / mail: myrna.casarez@sonora.gob.mx