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REGLAS PARA OBTENER INFORMACIÓN

Mes Actualizado: Febrero de 2018

Revisión:  Agosto de 2018                                   

 

            

DESCRIPCIÓN DE LAS REGLAS DE PROCEDIMIENTO PARA OBTENER INFORMACIÓN PÚBLICA DIRIGIDA A CONALEP SONORA

1. Presentar por el medio que el particular considere apropiado las solicitudes de acceso a la información pública ante la Unidad de Transparencia de Conalep Sonora:

UNIDAD DE TRANSPARENCIA:

Unidad de Evaluación Ejecutiva

TITULAR:

Lic. Miguel Ángel Gutiérrez Molina

UBICACIÓN:

Matamoros No. 105, esquina con Jalisco, planta Alta, Colonia Centro, Hermosillo, Sonora, C.P.83000.

TELÉFONO:

01(662) 289-37-52

CORREO ELECTRÓNICO:

transparencia@conalepsonora.edu.mx

HORARIO:

Atención en días hábiles de lunes a viernes, en horario de 8:00 a 15:00 horas.

2.- La solicitud de información podrá efectuarse por escrito, verbal de manera personal o por teléfono, por correo electrónico o por medio del Portal de Transparencia del Gobierno del Estado de Sonora utilizando la Plataforma Nacional de Transparencia "PNT"  o el sistema  INFOMEX: http://infomex.sonora.gob.mx/ bajo el siguiente procedimiento: 

3.- Se recibirán las solicitudes únicamente en días y horas hábiles, considerados para el efecto, los días de lunes a viernes, con horario de atención de 8:00 a 15:00 horas.

Serán días inhábiles los días sábados y domingos, y los demás días señalados como tales por la Ley del Servicio Civil del Estado de Sonora y los igualmente señalados por la Autoridades competentes. Las solicitudes que se presenten en días inhábiles y fuera del horario señalado, se registrarán al día siguiente inmediato hábil para efectos de los cómputos de los plazos a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

4.- La solicitud de información pública deberá reunir los datos estipulados en el Artículo 120 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora:

I.- Nombre del solicitante, o en su caso, los datos generales de su representante;

II.- Domicilio o medio para recibir notificaciones;

III.- La descripción de la información solicitada;

IV.- Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización; y

V.- La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos.

5.- Recibida la solicitud de información la Unidad de Transparencia registrará en formato electrónico los detalles de dicha solicitud, y para el caso de presentación en forma escrita, procederá a entregar una copia de la misma al solicitante, con número de folio, el que se entregará para todos los casos de solicitudes a fin de dar seguimiento a la petición. 

6.- Si el particular no requiere reproducción de la información solicitada, Unidad de Transparencia deberá notificarle la aceptación de la solicitud dentro de los 5 días hábiles siguientes al ingreso de la misma, y hacerle de su conocimiento tiempo y forma en que se podrá consultar en forma gratuita la información pedida.   

7.-  Para el caso que el particular requiera reproducción de la información solicitada, dentro de 5 días hábiles la Unidad de Transparencia deberá notificarle la aceptación de la solicitud y el costo de reproducción, haciéndole saber que tiene un plazo de 60 días naturales para efectuar el pago correspondiente.

Si el particular no efectúa el pago de reproducción de información dentro del plazo estipulado, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Si el particular efectúa el pago de reproducción de información dentro del plazo estipulado, la Unidad de Transparencia entregará la información solicitada dentro de un plazo de 10 días hábiles posteriores a la fecha de comprobación del pago, concluyendo así el procedimiento.  

8.- Si la Unidad de Transparencia no entrega la información en el plazo de los días hábiles posteriores a la fecha de pago, dicha unidad de transparencia cuenta con 5 días adicionales para la entrega de la información, debiendo reintegrar al particular el pago realizado.  

9.- Si el particular solicitó información que debe ser reproducida y además entregada al solicitante en un lugar distinto a la Unidad de Transparencia, en adición a los Derechos correspondientes deberá cubrirse el costo del envío por el medio que lo haya requerido, pudiendo ser correo certificado, mensajería local o foránea, de acuerdo a las tarifas para el pago de derechos que deberán cubrir los solicitantes de información pública estipulados en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, de conformidad con el Artículo 309 Numeral 2 de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora.

a).- Expedición de copias certificadas de documentos por cada hoja

$  15.00

b).- Por cada disco flexible de 3.5 pulgadas

$  20.00

c).- Por cada disco compacto

$  25.00

d).- Por cada copia simple

$    1.00

e).- Por cada hoja impresa por medio de dispositivo informático

$    8.00

f).- Por reproducción de documentos mediante digitalización de imágenes y texto (scanner). De la primera a la vigésima hoja, GRATUITO. $ 1.00 por cada hoja (a partir de la vigésima hoja)

$    1.00

Los pagos anteriores deberán realizarse en las Agencias ó SubAgencias Fiscales dependientes de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, y en las Tesorerías Municipales en aquellos casos de los municipios del Estado de Sonora que no cuenten con Agencia o Sub Agencia Fiscal y conforme a los costos que a continuación se señalan:

Conforme al marco legal y normativo, Conalep Sonora no tiene atribuciones para cobrar por la reproducción de documentos inherentes a las solicitudes de información que se le presenten.

 

10.- Para el caso que la Unidad de Transparencia no tenga la información solicitada por no ser competencia de esta Secretaría de la Contraloría General, se notificará al interesado la resolución conducente y se turnará la solicitud a la Unidad de Transparencia que considere competente, teniendo un plazo de 48 horas para el efecto.

*Para consultar la información pública básica referente a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, podrá acceder dando click AQUÍ.

*Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

 *Directorio de las Unidades de Transparencia y Unidades Administrativas responsables en Materia de Información Pública en el Estado de Sonora.

  

 

 

 

Responsable de la información:

Lic. Miguel Ángel Gutiérrez Molina 

Unidad de Evaluación Ejecutiva

 

 

 

UNIDAD DE TRANSPARENCIA

COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE SONORA
Calle Matamoros N° 105, esq. calle Jalisco, planta alta, colonia Centro,
Hermosillo, Sonora, México

transparencia@conalepsonora.edu.mx

  Tels.. 01(662)289-37-52 y 289-37-50