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ARTÍCULO 70 Y 71

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Las obligaciones establecidas en los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:

 

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/

 

Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

Cumplimiento de Obligaciones del Artículo 70 de la

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información

 

Artículo 70. En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

0.- Tabla de Aplicabilidad de las obligaciones de transparencia (Periodicidad de actualización anual)

I. Marco Normativo

 

II. Estructura Orgánica

 

III. Facultades de cada Área

 

IV. Objetivos y metas de las áreas de conformidad con sus programas operativos anuales (Periodicidad de actualización anual)

 

V. Los indicadores relacionados con temas de interés público (Periodicidad de actualización anual de 2012-2017) 

 

VI. Indicadores de objetivos y resultados (Periodicidad de actualización anual de 2012-2017)

 

VII. Directorio de los servidores públicos de la Entidad

 

VIII. Remuneración bruta y neta (Periodicidad de actualización semestral)

 

IX. Los gastos de representación y viáticos

 

X. El número total de las plazas vacantes y ocupadas del personal de base y confianza

 
XI. Contrataciones de servicios profesionales por honorarios

 

XII. Versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos

 

XIII. Domicilio de la Unidad de Transparencia 

 

XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos

  

XV. Información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos

 

XVI. Condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos

  

XVII. Información curricular

 

XVIII. Sanciones administrativas

 

XIX. Servicios que ofrece el sujeto obligado

 

XX. Trámites que se realizan

 

XXI.La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable

 

XXII. Deuda Pública

 

XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial

         

XXIV. Informes de los resultados de auditorías 

 

XXV. Resultados de la dictaminación de los estados financieros (Periodicidad de actualización anual)

 

XXVI. Personas físicas o morales a quienes el sujeto obligado asigna o permite usar recursos públicos

 

XXVII. Concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados

 

XXVIII. La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza

 

XXIX. Informes que por disposición legal genere el sujeto obligado  

 

XXX. Estadísticas generadas

 

XXXI. Informes programáticos presupuestales, balances generales y estados financieros

 

XXXII. Padrón de proveedores y contratistas

 

XXXIII. Convenios de coordinación, de concertación con el sector social o privado

 

XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad (Periodicidad de actualización semestral)

 

XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos

 

XXXVI. Resoluciones y laudos emitidos por el sujeto obligado

 

XXXVII. Mecanismos de Participación Ciudadana

 

XXXVIII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos

 

XXXIX. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados (Periodicidad de actualización semestral)

 

XL. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos  (Periodicidad de actualización anual)

 

XLI. Los estudios financiados con recursos públicos

 

XLII. Listado de Jubilados y Pensionados

  

XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto

 

XLIV. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie (Periodicidad de actualización semestral)

 

 (Periodicidad de actualización anual)

 

XLVI. Actas de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones emitidas por el Consejo Consultivo 

 

XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente, y....

 

XLVIII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

 

Artículo 71. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

I. En el caso del Poder Ejecutivo Federal, los poderes ejecutivos de las Entidades Federativas, el Órgano Ejecutivo del Distrito Federal y los municipios:

a) El Plan Nacional de Desarrollo, los planes estatales de desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda;

b) El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados

c) El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;

d)El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;

e) Los nombres de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como corredores y notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado;

f) La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales, y

g) Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

 

II. Adicionalmente, en el caso de los municipios:

 

a) El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos, y

 

b) Las actas de sesiones de cabildo, los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos.

 

Unidad administrativa responsable de publicar la Información / Titulares:

Unidad de Transparencia/ Lic. Mirna Beltrán Villanueva/Lic.Cyndi Vianney Zubia Sarabia

 

Si requiere más información, solicítela a través de:

         

Actualizado 2020