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Histórico del Art. 81 y 82

Artí­culo 81 y 82 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

Artículo 81.- Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en los respectivos sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente capí­tulo y acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y polí­ticas que establece el Artí­culo 70 de la Ley General, así como la siguiente información adicional:

I. Estructura Orgánica

I. Organigrama

II. Directorio de los Servidores Públicos

III. Remuneración bruta y neta

IV. Servidores a su cargo y Servicios a su cargo y los tramites, requisitos y formatos correspondientes

V. Información relativa a gastos de representación

VI. Perfil de puestos de los servidores públicos

VII. Información en versión publica de las declaraciones patrimoniales, de conflicto de interés y fiscal

VIII. El nombre del titular de la Unidad de Transparencia, domicilio oficial, correo electrónico oficial y el numero telefónico de la misma

IX. Presupuesto de ingresos y de egresos, avances en la ejecución del vigente, y los estados financieros trimestrales

X. Los informes de las auditorias al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado

XI. Cuenta Publica

XII. Deuda Publica

XIII. Relación de fideicomisos públicos o mixtos, mandatos o contratos análogos

XIV. Padrón Vehicular

XV. Planes, Programas o Proyectos con los indicadores de gestión, indicadores de Resultados y sus metas

XVI. Actas relativas de procesos de entrega-recepción

XVII. La Georreferenciación e imagen de todas las obras publicas

XVIII. Gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial

XIX. Índices de expedientes clasificados como reservados elaborados

XX. Solicitudes de acceso información publica, las denuncias y recursos presentados

XXI. La descripción de las reglas de procedimiento para obtener información

XXII. Convenios institucionales celebrados por el sujeto obligado

XXIII. El listado, estado procesal y sentido de la resolución de los juicios de amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad

XXIV. Calendarización de reuniones públicas

XXV. Opiniones, estudios, análisis, etc., en materia de adquisiciones en obra pública

XXVI. La información sobre los resultados sobre procedimiento de adjudicación directa (formato B), invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza (formato A)

XXVI. La información sobre los resultados sobre procedimiento de adjudicación directa (formato B), invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza (formato A)

XXVII. Los catálogos documentales

Artículo 82.- Además de lo dispuesto en el artículo anterior y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente capítulo, la siguiente información, según corresponda:

XXII.- El Plan Estatal de Desarrollo, vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así­ como los avances físicos y financieros, para cada una de las metas.

OFICIO UT-DAI-084-2-2017 

 

 

 

Titular Unidad de Transparencia

Lic. Elia Sahara Sallard Hernández

Comisión de Vivienda del Estado de Sonora

Paseo Rí­o Sonora No. Ext. 76 No. Int. 207 Col. Proyecto Rí­o Sonora, C.P. 83270

Tel: +52 (662) 289 - 5651   | Hermosillo, Sonora, México.