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FONDO DE DESASTRES NATURALES (FONDEN)

L.-Nombre o denominación del programa

 FONDO DE DESASTRES NATURALES.

 

ll.- Unidad administrativa que lo autorice, otorgue o administre:

La dirección general del fondo de desastres naturales es la encargada de elaborar y mantener actualizado los formatos con base  en los cuales se presenta la documentación e información.

 

lll.- Población Objetivo: 

La población objetivo es aquella  que sufre un desastre natural en los cuales participan diferentes  tipos que son geológicos  o Hidrometeorologicos.

 

IV. Población beneficiada, así como el Padrón respectivo con el nombre de las personas físicas o la razón o denominación social de las personas morales y la zona habitacional donde viven.

La población beneficiada es aquella  que sufre un desastre natural en los cuales participan diferentes  tipos que son geológicos  o Hidrimeteorologicos  y estos se podrán cubrir con cargo a FONDEN  los daños derivados de cualquier fenómeno y estarán señalados de acuerdo a el origen, periodicidad y severidad de los daños, siempre y cuando se cumpla con el procedimiento establecido en las reglas.

 

V. Criterios de la Unidad Administrativa para otorgarlos y la fuente de los mismos.

Para recibir apoyo el beneficiario deberá solicitar, dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la ocurrencia de esta, a las instancias técnicas facultadas señaladas en el numeral 5, facción XXlV  de las reglas, que corroboren la ocurrencia del fenómeno natural perturbador, debiendo marcar copia de la misma dirección general del FONDEN.

 

Se anexa la siguiente documentación para dar validez al desastre natural:

A)     Solicitud suscrita por Titular ejecutivo de la entidad Federativa de que se trate en su efecto.

B)     Descripción del fenómeno natural perturbador, así como fecha de ocurrencia.

C)      Denominaciones de los municipios o delegaciones involucradas; en este rubro se debe incluir los municipios o delegaciones que sufrieron afectaciones a causa del fenómeno natural.

D)     Nombre, localización, número telefónico y correo electrónico de un servidor publico con  quien la instancia técnica facultada pueda establecer comunicación para atender cualquier duda o requerimiento especifico.

 

VI. Requisitos para acceder al programa.

Primeramente que haya sufrido de algún desastre natural.

 

1.- Llenar y firmar la cédula de información socioeconómica, manifestando estar de acuerdo en que el monto del subsidio estará sujeto a que las condiciones finales de la operación de compra-venta y crédito hipotecario y, en su caso, la recepción de subsidios de otros programas, efectivamente demuestren su necesidad de recibir un subsidio de al menos $ 1,000.00 y hasta $ 4,500.00

2.-  Copia de una identificación oficial con fotografía

3.-  Presentar certificado de no propiedad emitido por la Autoridad que corresponda. En caso de que el solicitante sea casado, deberá presentar, adicionalmente, certificado de no propiedad para el cónyuge.

4.-   Presentar carta de instrucción notarial emitida por el INFONAVIT.

 

VII. Formato para solicitud:

Cédula de Información Socioeconómica.

 

Vlll.-Tiempo de respuesta

La instancia técnica tendrá hasta cuatro días hábiles contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud señalada en el numeral anterior para notificar la entidad federativa solicitante respecto al dictamen de corroboración del fenómeno natural perturbador en los municipios o delegaciones políticas solicitadas, marcando copia del mismo a la coordinación y ala dirección general del FONDEN

 

IX. Lugar y domicilio para su tramitación.

 Se deberá solicitar   a las instancias técnicas o en delegación en donde ocurrió el desastre natural.

 

X. El período o plazos en que se otorguen.

a) A partir de la sesión de entrega de resultados del comité de evaluación de daños, la dependencia o entidad federal en un plazo máximo de siete días hábiles, deberá presentar la solicitud de recursos y el diagnostico de obras y acciones a la SEGOB, incorporando, en la medida de lo procedente, los diagnósticos presentados en dicha sesión.

b)una vez recibido por parte de la dependencia o entidad federativa la solicitud de recursos, el diagnostico de obras y acciones que señalan las reglas, la dirección general del FONDEN, con base a información recibida, se realizara dentro de una plazo de dos días hábiles.

 

Xl.- los montos autorizados, la finalidad del recurso.

Los montos autorizados por parte del Estado son de: $42,268,584.00 con la finalidad de cubrir las necesidad de vivienda de todos aquellas personas que quedaron sin ella a raíz del paso de la lluvia severa por el Ciclón Tropical “Jimena”.