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Financiera para el Desarrollo Económico de Sonora

Artículo 92 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

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Artículo 92.- Además de lo dispuesto en el artículo 81 de esta Ley y lo establecido en el artículo 77 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los Fideicomisos, Fondos Públicos, mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información:

1.- Reglas de operación y cualquier otra normatividad interna del fideicomiso o fondo público, con independencia de su denominación, sea o no publicada en el Boletín Oficial del Estado de Sonora:

2.- Impacto social derivado del cumplimiento de las acciones que realiza el fideicomiso o fondo público;

3.- Actas de los comités técnicos y otros órganos colegiados con funciones directivas en el fideicomiso o fondo público, cualquiera que sea su denominación;

4.- Indicadores de Gestión del fideicomiso o fondo público y los indicadores resultados de su aplicación anual.

 

Actualizado a Diciembre del 2020

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