Transparencia>Poder Ejecutivo>Entidades>Fundación Produce>Histórico>Artículo 81 y 82 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora>I Trimestre 2018

2018

I Trimestre

Artículo 81.- Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en los respectivos sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente Capítulo y acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y políticas que establece el Artículo 70 de la Ley General, así como la siguiente información adicional:

I.a ).- Estructura orgánica

I.b).- Estructura orgánica –organigrama

II ).- Directorio

III).- Remuneración bruta y neta

IV.a).- Servicios a su cargo

IV.b).- Los trámites a su cargo

V).- Gastos por conceptos de viáticos y representación

VI).- Perfil de puestos

VII).- Declaraciones de situación patrimonial

VIII).- Unidad de transparencia (UT)

IX).- Información financiera

X).- Resultados de las auditorías realizadas

XI).- Presupuesto asignado- cuenta pública

XII).- Deuda pública

XIII).- Relación de fideicomisos públicos y mixtos

XIV).- Padrón vehicular

XV).- Los planes, programas o proyectos con indicadores de gestión

XVI).- Actas de Entrega –Recepción

XVII).- Georeferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando; el sector al que pertenecen, ubicación y monto asignado y ejercido

XVIII).- Gastos de publicidad oficial_Programa Anual de comunicación social o equivalente

XIX).- Los índices de expedientes clasificados

XX).- Las solicitudes de acceso a la información pública

XXI).- Descripción de las reglas de procedimientos para obtener información

XXII).- Los convenios institucionales celebrados

XXIII).- El listado, estado procesal y sentido de los juicios de amparo

XXIV).- La calendarización de reuniones públicas

XXV.- Las opiniones, estudios, análisis, recomendaciones y los puntos de vista documentados

XXVI.A ).- Resultados adjudicaciones, invitaciones y licitaciones_Procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas

XXVI.B).- Resultados adjudicaciones, invitaciones y licitaciones _Procedimientos de adjudicación directa

XXVII).- Los catálogos documentales

Artículo 82.- Además de lo dispuesto en el artículo anterior y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información, según corresponda:

OFICIO FPS-0007/004

I).- Las estadísticas e índices delictivos

II).- Estadísticas en materia de averiguaciones previas

III).- Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplican

IV).- Reglamentos expedidos en ejercicio de sus atribuciones

V).- Las iniciativas de Leyes y Decretos Legislativos sancionados y publicados

VI).- Las Leyes y Decretos legislativos sancionados y publicados

VII).- El listado de notarías existentes

VIII).- Atlas Estatal de Riesgos

IX).- Programa Estatal de Protección Civil

X).- El calendario del ciclo escolar

XI).- La Lista de útiles escolares básicos

XII).- La base de datos que dé cuenta de todos los hospitales y centros de salud del Estado

XIII).- Los procedimientos de visitas de verificación, vigilancia, revisión

XIV).- Las medidas preventivas para el cuidado de la salud

XV).- Los principales indicadores sobre la actividad jurisdiccional de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje

XVI).- La lista de sindicatos registrados ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje

XVII).- La lista de acuerdos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje

XVIII).- Los laudos laborales que hayan causado ejecutoria en su versión pública

XIX).- La información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales

XX).- El listado de las expropiaciones realizadas

XXI).- Los programa de exenciones previstas en las disposiciones fiscales.

XXII).- El Plan Estatal de Desarrollo

XXIII).- Las solicitudes de impacto ambiental y resolutivas emitidos por la autoridad competente

XXIV.- Las opiniones técnicas en materia de impacto ambiental emitidas en evaluaciones realizadas

XXV.- La factibilidad del uso de suelo

XXVI.- El Programa de ordenamiento territorial Estatal

XXVII.- La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones