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  • Artículo 81 y 82 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

 

Las obligaciones establecidas en los artículos 81 y 82 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:

www.plataformadetransparencia.org.mx

Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Información en proceso de captura atendiendo a los artículos transitorios de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

 

ARTÍCULO 81 Y 82 LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SONORA.

Artículo 81.- Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en los respectivos sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente Capítulo y acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y políticas que establece el Artículo 70 de la Ley General, así como la siguiente información adicional:

 

Artículo

Fracción

Plantilla

Formato

81

I

Estructura orgánica

LTAIART81FI

81

II

Directorio de servidores

LTAIART81FII

81

III

Remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos

LTAIART81FIII

81

IV

Servicios a su cargo y tramites

LTAIART81FIV

81

V

Gastos de representación y viáticos

LTAIART81FV

81

VI

Perfil de puestos

LTAIART81FVI

81

VII

Declaraciones patrimoniales

LTAIART81FVII

81

VIII

Titular de la unidad de transparencia

LTAIART81FVIII

81

IX

Información financiera

LTAIART81FIX

81

X

Informes de resultados de auditorias

LTAIART81FX

81

XI

Cuentas publicas

LTAIART81FXI

81

XII

Deuda publica

LTAIART81FXII

81

XIII

Relación de fideicomisos públicos y mixtos

LTAIART81FXIII

81

XIV

Padrón vehicular

LTAIART81FXIV

81

XV

Los planes, programas o proyectos con indicadores de gestión

LTAIART81FXV

81

XVI

Actas de entrega recepción

LTAIART81FXVI

81

XVII

Georreferenciación e imagen de todas las obras publicas

LTAIART81FXVII

81

XVIII

Gastos relativos a comunicación social

LTAIART81FXVIII

81

XIX

Índices de expedientes clasificados

LTAIART81FXIX

81

XX

Las solicitudes de información publica

LTAIART81FXX

81

XXI

Descripción de las reglas para obtener información publica

LTAIART81FXXI

81

XXII

Convenios institucionales celebrados

LTAIART81FXXII

81

XXIII

Listado de juicios de amparo

LTAIART81FXXIII

81

XXIV

Calendarización de reuniones publicas

LTAIART81FXXIV

81

XXV

Opiniones, estudios sobre procesos de adquisiciones

LTAIART81XXV

81

XXVI

Resultados de procedimientos de licitación publica e invitación cuando menos a tres personas

LTAIART81FXXVIA

81

XXVI

Resultados de procedimientos de adquisición directa realizados

LTAIART81FXXVIB

81

XXVII

Catálogos documentales

LTAIART81FXXVII

 

Artículo 82 Ley de Transparencia y Acceso a al Información Pública del Estado de Sonora

Artículo 82.- Además de lo dispuesto en el artículo anterior y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información, según corresponda:

              I.- Las Estadísticas e índices delictivos así como los indicadores de la procuración de justicia;

II.- En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuántas se ejerció acción penal, en cuántas se decretó el no ejercicio y cuántas se archivaron, además de las órdenes de aprehensión, presentación y cateo;

III.- Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron;

IV.- Los reglamentos expedidos en ejercicio de sus atribuciones, sus modificaciones y su fecha de publicación y entrada en vigor;

V.- Las iniciativas de Leyes y Decretos presentados ante el Congreso del Estado, mismas que deberán publicarse dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su presentación ante el Poder Legislativo;

VI.- Las Leyes y Decretos Legislativos sancionados y publicados, indicando la fecha de recepción del proyecto correspondiente por parte del Congreso Estatal y, en su caso, la fecha de su devolución del proyecto correspondiente con observaciones al Congreso del Estado;

VII.- El listado de notarías existentes, los expedientes que se integraron para otorgar cada una de ellas como establece la ley en la materia, debiendo proporcionar la demarcación territorial, domicilio, su dirección física y electrónica, teléfono y el nombre del notario en funciones.

VIII.- El atlas estatal de riesgos

IX.- Programa Estatal de Protección Civil y demás programas específicos, sectoriales, regionales, de contingencias o acciones que de éstos se deriven;

X.- El calendario del ciclo escolar;

XI.- La lista de útiles escolares básicos por nivel educativo señalando los que son proporcionados por la autoridad educativa;

XII.- La base de datos que dé cuenta de todos los hospitales y centros de salud en el estado, incluyendo su presupuesto, ubicación, el personal asignado y el equipamiento con el que cuente;

XIII.- Los procedimientos de visitas de verificación, vigilancia, revisión o inspección sanitaria que realice la Secretaría de Salud en cumplimiento de sus atribuciones, detallando el resultado y en su caso las sanciones que se hayan formalizado;

XIV.- Las medidas preventivas para el cuidado de la salud, de acuerdo a la temporada;

XV.- Los principales indicadores sobre la actividad jurisdiccional de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, que deberán incluir, al menos, los asuntos iniciados, en trámite y resueltos;

XVI.- La lista de los sindicatos registrados ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado y los nombres de los dirigentes de los mismos;

XVII.- Las listas de acuerdos la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado

XVIII.- Los laudos laborales que hayan causado ejecutoria en su versión pública;

XIX.- El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;

XX.- El listado de expropiaciones, que contenga al menos, fecha de expropiación, domicilio y utilidad pública;

XXI.- Los programas de exenciones o condonaciones de impuestos locales o regímenes especiales en materia tributaria local y los requisitos establecidos para la obtención de los mismos.

            XXII.- El Plan Estatal de Desarrollo, vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físicos y financieros, para cada una de las metas.

XXIII.- Las solicitudes de impacto ambiental y los resolutivos emitidos por la autoridad competente;

XXIV.- Las opiniones técnicas en materia de impacto ambiental emitidas en evaluaciones realizadas por la autoridad competente;

XXV.- Las factibilidades de uso de suelo emitidas durante los cinco años previos;

XXVI.- El programa de ordenamiento territorial estatal el listado de personas físicas y morales registrados como micro generadores de residuos peligrosos; y,

             XXVII.- La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas.

OFICIO DPyE/059/2018

 

LIC. GUADALUPE SANDOVAL CAMACHO
Dirección de Planeación y Evaluación

Actualizado al mes de MAYO del 2018.

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