ART. 14 FRACCIÓN XVII de la LAIPES
SU PUBLICACIÓN NO APLICA a esta entidad, cuya atribución compete a la Comisión Estatal de Bienes y Concesiones de Gobierno del Estado, conforme a lo dispuesto en los Artículos 2, 12 fracciones I y IV, 23 fracción IV y 32 de la LEY 140 DE BIENES Y CONCESIONES DEL ESTADO DE SONORA; organismo que genera dicha información al efectuar todo tipo de concesiones sobre el uso o disfrute de bienes muebles e inmuebles de uso público propiedad del Gobierno Estatal.
Lo anterior, con fundamento en el Art. 5 de la Ley de Acceso de Información Pública del Estado de Sonora, en relación con el Apartado Primero de los Lineamientos Generales para el Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, Capítulo Segundo, De la Difusión de la Información Básica, Art. 19, de los Lineamientos emitidos por el Instituto de Transparencia Informativa del Estado de Sonora (ITI)."
Actualizada al 03/11/2010
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