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Instituto Tecnológico Superior de Puerto Peñasco

Artículo 90 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

 Además de lo dispuesto en el Artículo 81 de esta Ley y lo establecido en el Artículo 75 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Universidad de Sonora, la Universidad Estatal de Sonora, el Instituto Tecnológico de Sonora y las Instituciones de Educación Superior que reciban y ejerzan recursos públicos deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información:

 

I. Oferta Académica

II.- Toda la información relacionada con sus procedimientos de admisión:

IIA.- Procedimiento administrativo docente

IIB.- Procesos administrativos

III.- Los indicadores de resultados en las evaluaciones al desempeño de la planta académica y administrativa;

IV.- Una lista de los profesores con licencia o en año sabático;

V.- Toda la información relacionada con sus procedimientos administrativos;

VI.- La remuneración de los profesores, incluyendo los estímulos al desempeño, nivel y monto;

VII.- El listado de las becas y apoyos que otorgan, así como los procedimientos y requisitos para obtenerlos;

VIII.- Las convocatorias de los concursos de oposición,

IX.- La información relativa a los procesos de selección de los consejos;

X.- Los ingresos por concepto de participaciones y aportación son federales y estatales, incluyendo cuotas, convenios, donativos o remuneraciones diversas, de tal manera que se pueda identificar el monto y su origen al mayor nivel de desagregación posible;

XI.- Actas, minutas y acuerdos de sus órganos de gobierno;

XII.- El destino de las cuotas estudiantiles que hayan sido cobradas;

XIII.- Resultado de las evaluaciones del cuerpo docente; y

XIV.- El listado de Instituciones incorporadas