Actualmente el Instituto Tecnólogico Superior de Puerto Peñasco no se ha visto en la necesidad de interponer Controversias Constitucionales , ya que no se encuentra dentro de los supuestos a que se refiere el Artículo 105 Fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Oficio de Notificación por parte del Director del ITSPP
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