Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora
Artículo 83 BIS.- Además de los dispuesto en el artículo 81 de esta Ley, los Órganos Fiscalizadores de los tres poderes en el Estado, incluyendo los Órganos Internos de Control y Evaluación Gubernamental de cada municipio y el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización, así como, los auditores externos, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capitulo, la siguiente información:
FI. Programa anual de auditorías, visitas e inspecciones y programa anual de actividades:
A. Programa Anual de Auditorías
B. Programa Anual de Actividades
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