Art. 81.- Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos portales y sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente Capítulo y de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y políticas que establece el artículo 70 de la Ley General, así como también la siguiente información adicional:
I. Dentro del formato que especifique su estructura orgánica, se deberá aclarar el nivel salarial o tabular de cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, así como los puestos vacantes de dicha estructura y los requisitos para poder acceder a los mismos;
FORMATO DE ESTRUCTURA ORGÁNICA
FORMATO DEL ORGANIGRMA
II. El directorio de todos los Servidores Públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; maneje o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir. al menos el nombre, fotografía, cargo o nombramiento asignado, versión pública de su currículo, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número de teléfono, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
FORMATO DEL DIRECTORIO
III. La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, prestadores de servicios profesionales o miembros de los sujetos obligados; incluyendo todas las precepciones, sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración y debiendo incluir adicionalmente lo relativo al tipo de seguridad social con el que cuentan;
FORMATO DE REMUNERACIÓN BRUTA Y NETA
IV. Los servicios a su cargo y los trámites, requisitos y formatos correspondientes y, en su caso, el monto de los derechos para acceder a los mismos, debiendo incluir además información sobre la población a la cual están destinados los programas;
FORMATO DE SERVICIOS A SU CARGO Y TRÁMITES
V. La información relativa a gastos de representación y viáticos deberá presentarse de manera que se pueda relacionar individualmente con el funcionario que ejerce tales recursos o reciba los viáticos;
FORMATO DE GASTOS DE REPRESENTACIÓN Y VIÁTICOS
VI. El perfil de puestos de los servidores públicos, desde el nivel de jefes de departamento o equivalente, hasta el titular o titulares del sujeto obligado;
FORMATO DE PERFIL DE PUESTOS
VII. La información en Versión Pública de las Declaraciones Patrimoniales, de Conflicto de Intereses y Fiscal de los Servidores Públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la fracción XII del artículo 70 de la Ley General;
FORMATO DE DECLARACIONES PATRIMONIALES
VIII. El nombre del titular de la Unidad de Transparencia, domicilio oficial, correo electrónico oficial y el número telefónico de la misma;
FORMATO DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA
IX. Dentro de la información financiera que deberá hacer pública cada sujeto obligado, se deberá especificar el presupuesto de ingresos y de egresos autorizado por la instancia correspondiente del ejercicio fiscal vigente y un apartado con el histórico con un mínimo de diez años de antigüedad; así como los avances en la ejecución del vigente. Para el cumplimiento de los avances de ejecución deberá publicarse en los sitios de internet correspondientes, los estados financieros trimestrales. En el caso del Poder ejecutivo, dicha información será proporcionada respecto a cada dependencia, entidad y unidad de apoyo por la Secretaría de Hacienda, la que además informará sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública del Estado. En el caso de los Ayuntamientos, la referida información será proporcionada respecto a cada dependencia, entidad y por el Tesorero Municipal, que además informará sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda del Ayuntamiento. Los sujetos obligados proporcionarán las bases de datos de la información financiera en formatos que permitan su manejo y manipulación para fines de análisis y valoraciones por parte de la población;
FORMATO DE INFORMACIÓN FINANCIERA
X. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen según corresponda, por la Contraloría General del Estado, las Contralorías Internas, el Órgano Interno de Control y Evaluación Gubernamental de cada Municipio, el Órgano Fiscalizador del Congreso y los auditores externos, incluyendo, en su caso, las aclaraciones que correspondan;
FORMATO DE INFORMES DE RESULTADOS DE AUDITORÍA
XI. Las cuentas públicas que deba presentar cada sujeto obligado, según corresponda;
FORMATO DE CUENTAS PÚBLICAS
XII. La Deuda Pública y las instituciones a las que se adeuda;
FORMATO DE DEUDA PÚBLICA
XIII. La relación de fideicomisos públicos o mixtos, mandatos o contratos análogos a los que aporten recursos públicos, el monto de los mismos, sus documentos básicos de creación, así como sus informes financieros;
FORMATO DE RELACION DE FIDEICOMISOS
XIV. El padrón vehicular, indicando las funciones a las que se encuentre asignado cada vehículo;
FORMATO DEL PADRÓN VEHICULAR
XV. Los Planes, programas o proyectos con los indicadores de gestión, los indicadores de resultados y sus metas, de tal forma que permita evaluación del desempeño por cada área;
FORMATO DE PLANES, PROGRAMAS O PROYECTOS CON INDICADORES DE GESTIÓN
XVI. Las actas relativas a los procesos de entrega -recepción realizados conforme a la normatividad aplicable;
FORMATO DE ACTAS DE ENTREGA-RECEPCIÓN
XVII. La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación y monto asignado y ejercido;
FORMATO DE GEORREFERENCIACION E IMAGEN DE LAS OBRAS PÚBLICAS
XVIII. Dentro de los gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial, los sujetos obligados deberán especificar el presupuesto aprobado por partida y el presupuesto ejercido, la fecha de inicio y fecha de termino del concepto o campaña, la dependencia, entidad o área solicitante, el tipo de medio de comunicación utilizado, el costo por inserción, y el padrón de proveedores específico en este concepto de gasto;
FORMATO DE GASTOS RELATIVOS A COMUNICACIÓN SOCIAL
XIX. Los índices de expedientes clasificados como reservados elaborados, tiempo de reserva, motivación y fundamento legal, organizados por rubros temáticos y presentada de forma trimestral; y,
FORMATO DE ÍNDICE DE EXPEDIENTES CLASIFICADOS
XX. Las solicitudes de acceso a la información pública, las denuncias y recursos presentados en contra de su actuación en esta materia, y las respuestas que se les dé, incluyendo, en su caso, la información entregada, a través del sistema de solicitudes de acceso a la información;
FORMATO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
XXI. La descripción de las reglas de procedimiento para obtener información;
FORMATO DE DESCRIPCIÓN DE LAS REGLAS PARA OBRTENER INFORMACIÓN
XXII. Los convenios institucionales celebrados por el sujeto obligado, especificando el tipo de convenio, con quien se celebra, objetivo, fecha de celebración y vigencia, así como copia digitalizada del convenio para su descarga;
FORMATO DE CONVENIOS INSTITUCIONALES CELEBRADOS
XXIII. El listado, estado procesal y sentido de la resolución de los juicios de amparo, de las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad presentadas ante el Poder Judicial de la Federación en los que sean parte;
FORMATO DE LISTADO DE JUICIOS DE AMPARO
XXIV. La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, comités, órganos colegiados, gabinetes, ayuntamientos, sesiones plenarias, comisiones y sesiones de trabajo a que se convoquen; Se deberá difundir las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones;
CALENDARIZACIÓN DE LAS REUNIONES PÚBLICAS
XXV. Las opiniones, estudios, análisis, recomendaciones y/o puntos de vista documentados que forman parte de los procesos deliberativos de los servidores públicos en materia de adquisiciones y obra pública, hasta que haya sido adoptada la decisión definitiva;
FORMATO DE OPINIONES, ESTUDIOS, ANALISIS, RECOMENDACIONES Y/O PUNTOS DE VISTA DOCUMENTADOS
XXVI. La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del documento respectivo y de los contratos celebrados;
FORMATO DE RESULTADOS DE PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA
FORMATO DE RESULTADOS DE PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN DIRECTA
XXVII. Los catálogos documentales de sus archivos administrativos.
FORMATO DE CATÁLOGOS DOCUMENTALES