Transparencia>Poder Ejecutivo>Entidades>Radio Sonora>Histórico>Artículo 70 y 71 Ley General de Transparencia>2018

Radio Sonora

Las obligaciones establecidas en los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:


www.plataformadetransparencia.org.mx


Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

Las obligaciones establecidas en los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:


www.plataformadetransparencia.org.mx


Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Primer Trimestre 2018

Fracción:

 

Art. 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Artículo 71. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

I.          En el caso del Poder Ejecutivo Federal, los poderes ejecutivos de las Entidades Federativas, el Órgano Ejecutivo del Distrito Federal y los municipios:

a)    El Plan Nacional de Desarrollo, Plan de desarrollo (Federal, Estatal, Municipal)Hipervínculo al Plan Nacional de Desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda;

b)    El Presupuesto de egresos y Los Egresos y su fórmula de distribución de los recursos otorgados;

c)    El Listado de expropiaciones realizadasHipervínculo al listado de expropiaciones que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;

d)    Los Contribuyentes que recibieron cancelación o condonación de créditos fiscalesHipervínculo a las cancelaciones y condonaciones de créditos fiscales así como los montos respectivos. Asimismo, la información Estadísticas sobre exenciones fiscales previstas en las disposiciones fiscales;

e)    Los nombres de los Corredores y Notarios Públicos, así como sus datos de contacto Hipervínculo a la información de los corredores y notarios públicos, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y Sanciones aplicadas a corredores y notarios públicos.

f)     La información detallada que contengan Planes y-o programas de Desarrollo Urbano, Hipervínculo a los planes de desarrollo urbano, Planes y programas de ordenamiento territorial y Planes y programas de ordenamiento ecológico, los Tipos de uso de sueloLicencias de uso de suelo, Licencias de construcción otorgadas por los gobiernos municipales, y

g)    Las Disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

 

II.         Adicionalmente, en el caso de los municipios:

a)    El contenido de las gacetas municipalesHipervínculo a las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos  y acuerdos aprobados por los ayuntamientos, y 

b)    Las actas de  Sesiones celebradas de cabildoCalendario de sesiones de cabildo los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos. 

 

 

Tabla de Aplicabilidad de Radio Sonora, Art. 71 LGTAIP

 
 
 
 
 
CP. LUZ IREMA RAMOS BORBÓN,
TITULAR UNIDAD DE TRANSPARECIA
 

Radio Sonora

Las obligaciones establecidas en los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:


www.plataformadetransparencia.org.mx


Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

Las obligaciones establecidas en los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:


www.plataformadetransparencia.org.mx


Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Primer Trimestre 2018

Fracción:

 

Art. 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Artículo 71. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

I.          En el caso del Poder Ejecutivo Federal, los poderes ejecutivos de las Entidades Federativas, el Órgano Ejecutivo del Distrito Federal y los municipios:

a)    El Plan Nacional de Desarrollo, Plan de desarrollo (Federal, Estatal, Municipal)Hipervínculo al Plan Nacional de Desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda;

b)    El Presupuesto de egresos y Los Egresos y su fórmula de distribución de los recursos otorgados;

c)    El Listado de expropiaciones realizadasHipervínculo al listado de expropiaciones que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;

d)    Los Contribuyentes que recibieron cancelación o condonación de créditos fiscalesHipervínculo a las cancelaciones y condonaciones de créditos fiscales así como los montos respectivos. Asimismo, la información Estadísticas sobre exenciones fiscales previstas en las disposiciones fiscales;

e)    Los nombres de los Corredores y Notarios Públicos, así como sus datos de contacto Hipervínculo a la información de los corredores y notarios públicos, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y Sanciones aplicadas a corredores y notarios públicos.

f)     La información detallada que contengan Planes y-o programas de Desarrollo Urbano, Hipervínculo a los planes de desarrollo urbano, Planes y programas de ordenamiento territorial y Planes y programas de ordenamiento ecológico, los Tipos de uso de sueloLicencias de uso de suelo, Licencias de construcción otorgadas por los gobiernos municipales, y

g)    Las Disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

 

II.         Adicionalmente, en el caso de los municipios:

a)    El contenido de las gacetas municipalesHipervínculo a las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos  y acuerdos aprobados por los ayuntamientos, y 

b)    Las actas de  Sesiones celebradas de cabildoCalendario de sesiones de cabildo los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos. 

 

 

Tabla de Aplicabilidad de Radio Sonora, Art. 71 LGTAIP

 
 
 
 
 
CP. LUZ IREMA RAMOS BORBÓN,
TITULAR UNIDAD DE TRANSPARECIA
 

Radio Sonora

Las obligaciones establecidas en los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:


www.plataformadetransparencia.org.mx


Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

Las obligaciones establecidas en los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:


www.plataformadetransparencia.org.mx


Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Primer Trimestre 2018

Fracción:

 

Art. 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Artículo 71. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

I.          En el caso del Poder Ejecutivo Federal, los poderes ejecutivos de las Entidades Federativas, el Órgano Ejecutivo del Distrito Federal y los municipios:

a)    El Plan Nacional de Desarrollo, Plan de desarrollo (Federal, Estatal, Municipal)Hipervínculo al Plan Nacional de Desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda;

b)    El Presupuesto de egresos y Los Egresos y su fórmula de distribución de los recursos otorgados;

c)    El Listado de expropiaciones realizadasHipervínculo al listado de expropiaciones que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;

d)    Los Contribuyentes que recibieron cancelación o condonación de créditos fiscalesHipervínculo a las cancelaciones y condonaciones de créditos fiscales así como los montos respectivos. Asimismo, la información Estadísticas sobre exenciones fiscales previstas en las disposiciones fiscales;

e)    Los nombres de los Corredores y Notarios Públicos, así como sus datos de contacto Hipervínculo a la información de los corredores y notarios públicos, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y Sanciones aplicadas a corredores y notarios públicos.

f)     La información detallada que contengan Planes y-o programas de Desarrollo Urbano, Hipervínculo a los planes de desarrollo urbano, Planes y programas de ordenamiento territorial y Planes y programas de ordenamiento ecológico, los Tipos de uso de sueloLicencias de uso de suelo, Licencias de construcción otorgadas por los gobiernos municipales, y

g)    Las Disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

 

II.         Adicionalmente, en el caso de los municipios:

a)    El contenido de las gacetas municipalesHipervínculo a las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos  y acuerdos aprobados por los ayuntamientos, y 

b)    Las actas de  Sesiones celebradas de cabildoCalendario de sesiones de cabildo los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos. 

 

 

Tabla de Aplicabilidad de Radio Sonora, Art. 71 LGTAIP

 
 
 
 
 
CP. LUZ IREMA RAMOS BORBÓN,
TITULAR UNIDAD DE TRANSPARECIA