PARCIALMENTE APLICABLE.
XXII.-PLAN ESTATAL DE DESARROLLO
2016-2021
https://www.sonora.gob.mx/gobierno/plan-estatal-de-desarrollo.html
ARTICULO 24.- A la Secretaría de Hacienda le corresponden las facultades y obligaciones siguientes:
A. En materia de planeación:
IV. Elaborar el Plan Estatal de Desarrollo, con la participación de los sectores público, privado y social, en los términos de la Ley de Planeación, y someterlo a la consideración y aprobación del titular del Poder Ejecutivo; asimismo someter a la consideración del Ejecutivo las propuestas de adecuación al propio Plan Estatal de Desarrollo;
IX.-Integrar los programas operativos anuales globales, de acuerdo con los objetivos y
prioridades del Plan Estatal de Desarrollo; y
ARTICULO 26.- A la Secretaria de la Contraloría General le corresponden las facultades y obligaciones siguientes:
C. En materia de control gubernamental:
I. Examinar y verificar el ejercicio del gasto público estatal en el ámbito del Poder Ejecutivo, para comprobar que se efectúe de conformidad con las disposiciones aplicables, así como comprobar su congruencia con el presupuesto de egresos, y que se cumplan los objetivos y prioridades del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas que deriven del mismo.
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
2021
1er. Trimestre