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Universidad Tecnológica de Puerto Peñasco

Artículo 82 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

 

Artículo 82.- Además de lo dispuesto en el artículo anterior y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información, según corresponda:


I.- Las estadísticas e índices delictivos

II.- Estadísticas en materia de averiguaciones previas

III.- Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron

IV.- Reglamentos expedidos en ejercicio de sus atribuciones

V.- Las iniciativas de Leyes y Decretos presentados ante el Congreso del Estado

VI.- Las Leyes y Decretos Legislativos sancionados y publicados

VII.- El listado de Notarías existentes

VIII.- Atlas Estatal de Riesgos

IX.- Programa Estatal de Protección Civil

X.- El calendario del ciclo escolar

XI.- La lista de útiles escolares básicos

XII.- La base de datos que dé cuenta de todos los hospitales y centros de salud en el estado

XIII.- Los procedimientos de visitas de verificación, vigilancia y revisión.

XIV.- Las medidas preventivas para el cuidado de la salud

XV.- Los principales indicadores

XVI.- La lista de los sindicatos registrados ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado

XVII.- Las listas de acuerdos la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado;


XVIII.- Los laudos laborales que hayan causado ejecutoria en su versión pública

XIX.- La información estadística sobre las exenciones

XX.- Listado de Expropiaciones

XXI.- Los programas de exenciones o condonaciones de impuestos locales

XXII.- El Plan Estatal de Desarrollo

XXIII.- Las solicitudes de impacto ambiental y los resolutivos emitidos por la autoridad competente

XXIV.- Las opiniones técnicas en materia de impacto ambiental emitidas en evaluaciones realizadas

XXV.- Las opiniones, estudios, análisis, recomendaciones y/o puntos de vista documentados
XXVI.- El programa de ordenamiento territorial estatal

XXVII.- La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones