Universidad Tecnológica del Sur de Sonora
- ARTICULO 71 - FRACCION I
D. Contribuyentes que recibieron cancelación o condonación de créditos fiscales
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Trimestre 3 |
Trimestre 4 |
La exención o condonación de créditos fiscales realizada por el gobierno a través de su autoridad fiscalizadora, consiste en la exclusión total o parcial de la obligación de pago de los sujetos pasivos del impuesto. Generalmente en los códigos fiscales correspondientes se determinan los tipos de condonaciones.
Actualizada 23/01/2019
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