Universidad Tecnológica del Sur de Sonora
- ARTICULO 71 - FRACCION I
E. Corredores y notarios públicos
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Trimestre 2 |
Trimestre 3 |
Trimestre 4 |
La patente notarial y la habilitación de corredor público es la autorización que otorga el Poder Ejecutivo del Gobierno de cada entidad federativa para que un profesional del derecho, investido de fe pública por el Estado, elabore instrumentos públicos que gozan de la presunción legal de verdad y ejerza las funciones establecidas en la normatividad en la materia.
Actualizada 29/01/2019
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