GUBERNATURA
IX. Gasros de Representación y Viáticos
Los sujetos obligados deberán difundir en su respectivo sitio de Internet y en la Plataforma Nacional, la información sobre los gastos erogados y asignados a las partidas que conforman el concepto de Traslado y Viáticos: gastos de pasajes (aéreos, terrestres, marítimos, lacustres y fluviales), servicios integrales de traslado, y otros servicios de traslado o las partidas que sean equiparables.
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FECHA DE ULTIMA ACTUALIZACIÓN: ABRIL 2021 | |
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