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GUBERNATURA

 

 

 

 

XII. Declaraciones de situación Patrimonial de los Servidores Públicos 

 

Los sujetos obligados deberán publicar la versión pública de la declaración de situación patrimonial de los(as) servidores(as) públicos(as), integrantes, miembros del sujeto obligado y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad, y que tiene la obligación de presentar declaración de situación patrimonial en sus tres modalidades: inicio, modificación y de conclusión, de conformidad con la normatividad que resulte aplicable en la materia.

 

 

 

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FECHA DE ULTIMA ACTUALIZACIÓN: ABRIL 2021