Transparencia>Poder Ejecutivo>Gubernatura>Gubernatura>Artículo 70 LGT>XVII. Información curricular>Información curricular

 

 GUBERNATURA

 

 

XVII. Información Curricular

 

La información que los sujetos obligados deberán publicar en cumplimiento a la presente fracción es la curricular no confidencial relacionada con todos los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas que desempeñen actualmente un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en el sujeto obligado –desde nivel de jefe de departamento o equivalente y hasta el titular del sujeto obligado–, que permita conocer su trayectoria en el ámbito laboral y escolar.

 

 

2018     2019     2020     2021

 

 

 

FECHA DE ULTIMA ACTUALIZACIÓN: ABRIL 2021