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  • VIII.- Prestadores de servicios profesionales

 

GUBERNATURA

 

Artículo 83 BIS.- Además de los dispuesto en el artículo 81 de esta Ley, los Órganos Fiscalizadores de los tres poderes en el Estado, incluyendo los Órganos Internos de Control y Evaluación Gubernamental de cada municipio y el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización, así como, los auditores externos, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capitulo, la siguiente información:

 

2019: 

VIII.- Prestadores de servicios profesionales o despachos externos que participan en los procesos de fiscalización. 

2020: 

VIII.- Prestadores de servicios profesionales o despachos externos que participan en los procesos de fiscalización.

2021: 

VIII.- Prestadores de servicios profesionales o despachos externos que participan en los procesos de fiscalización. 

 

 

 

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: ABRIL 2021