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Secretaría de Gobierno

Artículo 70 Ley General Transparencia y Acceso a al Información Pública

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Las obligaciones establecidas en los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:

www.plataformadetransparencia.org.mx

Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
 

Cumplimiento de Obligaciones del Art. 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información

 

Artículo 70.-En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Art. 70 Ley General de Transparencia y Acceso a  la Información Pública.

 

 

 

 

                                                                                                                              Abril 2021