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Secretaría de Gobierno

Atribuciones de la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios y Migrantes

ARTÍCULO 18.- La Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios y Migrantes, estará adscrita a la Subsecretaría de Concertación Social y tendrá las siguientes atribuciones:

 

    I.-        Coordinar las acciones en materia de atención a las personas en situación vulnerable y que pretenden internarse por el territorio del Estado hacia los Estados Unidos de América o que habiéndose internado son regresados por el mismo territorio estatal, a quienes se denomina migrantes internacionales;

   II.-        Aplicar acciones para que el tránsito de los migrantes internacionales por el Estado tenga un bajo impacto en lo relativo a seguridad pública, salud y demás aspectos sociales en los que incide esta problemática;

  III.-        Conducir y operar las acciones de enlace entre las autoridades municipales fronterizas, las federales migratorias asentadas en territorio sonorense y las de los Estados fronterizos del vecino país que colindan con Sonora, con el fin de procurar la subsistencia permanente de los más elementales derechos humanos y la atención integral de los migrantes internacionales;

 IV.-        Organizar y promover ante las instancias competentes la realización de estudios respecto de nuevos esquemas de atención y protección de migrantes internacionales;

   V.-        Fortalecer la relación del Gobierno del Estado con el Gobierno Federal y los Ayuntamientos de los municipios receptores de migrantes internacionales para el desarrollo de proyectos, esquemas innovadores de participación y corresponsabilidad para la atención y protección de los mismos;

 VI.-        Fungir como canal de enlace con las instancias competentes en materia de Asociaciones Religiosas y Culto Público;

VII.-        Promover la celebración de convenios con organizaciones de la sociedad civil, dependencias y entidades de las administraciones públicas federal, estatal y municipal, para la formulación y ejecución de programas y acciones orientados a atender en forma coordinada a los migrantes internacionales; y

VIII.-        Las demás que le confieren las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y las que le encomiende el superior jerárquico.

 

TITULAR

 

LIC. AMOS BENJAMÍN MORENO GALINDO,

Director General de Atención a Grupos Prioritarios y Migrantes.

 

FECHA DE PUBLICACIÓN

 

Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.

Boletín Oficial del Gobierno del Estado, No. 23, Sección I de fecha 19 de septiembre del 2016.

 

Actualizado  Febrero de 2017

 

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