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  • REGLAS PARA OBTENER INFORMACION

 

Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora

Reglas de procedimientos para obtener información
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DESCRIPCIÓN DE LAS REGLAS DE PROCEDIMIENTO PARA OBTENER INFORMACIÓN

Con el objeto de que las personas que soliciten información pública al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, conozcan los procedimientos que deberán observar para que se atienda adecuadamente su solicitud, se presentan estas Reglas:

1.          Presentar la solicitud correspondiente ante la Unidad de Enlace del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, localizada en Boulevard Jesús García Morales #114, entre Ingenieros y Calzada de los Ángeles, colonia El Llano, en Hermosillo, Sonora, C.P. 83210, cuyo titular es la Lic. Emma Guadalupe Millán Castro, con teléfonos 217-55-66, 217-14-51 y 212-07-12 y correo electrónico transparencia@tjasonora.gob.mx. Lo anterior con fundamento en los Artículos 3 y 37 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora  y Artículo 47 de los Lineamientos Generales para el Acceso a la Información Pública, emitidos por el Instituto de Transparencia Informativa.

2.          Solamente se podrán atender las solicitudes que contengan la información que señala el Artículo 38 de la Ley y el 61 de los Lineamientos, que consiste en:

I.                Denominación del sujeto obligado al que se dirija la solicitud;

II.             Nombre completo del solicitante solo para efecto de seguimiento ya que sobre este particular prevalece lo dispuesto en el Artículo 37 de la citada Ley.

III.           Señalamiento o descripción de la información que se solicita;

IV.           El lugar o medio señalado para recibir la información solicitada o las notificaciones que procedan al efecto. De requerir notificación personal deberá señalar domicilio cierto en el lugar de residencia de la Unidad de Enlace.

3.          Conforme lo señalan los Artículos 4 y 60 de los Lineamientos Generales para el Acceso a la Información Pública, emitidos por el Instituto de Transparencia Informativa, las solicitudes deberán de presentarse en las Unidades de Enlace de las ocho de la mañana a las tres de la tarde en días hábiles. Las solicitudes que se presenten  después de las tres de la tarde y antes de las ocho de la mañana y en días inhábiles se registraran al día siguiente inmediato hábil para efectos de los cómputos de los plazos a que se refiere la ley y los presentes Lineamientos.  Dichas solicitudes podrán se presentadas a partir del 1º de Agosto del 2006.

4.          En caso de que se solicite reproducción de información que tiene disponible el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, se notificará sobre la aceptación al solicitante en un plazo de cinco días hábiles, y se le indicará el costo de reproducción teniendo un plazo de sesenta días naturales para realizar el pago; una vez que el solicitante compruebe haber realizado el pago correspondiente (enviando el original del recibo de pago a la Unidad de Enlace según Artículo 67 de los Lineamientos), la Unidad de Enlace tiene un plazo de diez días hábiles  para entregar la información y al otorgarla concluye el procedimiento; en caso de que no se efectué el pago se entenderá que el interesado desiste de su solicitud.

5.          Si se solicitó información que debe ser reproducida y además entregada al solicitante en un lugar distinto a la Unidad de Enlace, en adición a los Derechos correspondientes deberá cubrirse el costo del envío por el medio que lo haya requerido, pudiendo ser correo certificado, mensajería local ó foránea (Lineamientos, Artículo 67). 

6.              Finalmente, se presentan los costos autorizados como Derechos por la reproducción de información, conforme a lo siguiente:

Tarifas para el pago de Derechos que deberán cubrir los solicitantes de información pública una vez que entre en vigor pleno la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, de conformidad con el artículo 309 inciso 2 de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora.

2.- Por los servicios relativos a la reproducción de documentos de conformidad con la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

a).- Expedición de copias certificadas de documentos por cada hoja.

b).- Por cada disco flexible de 3.5 pulgadas.

c).- Por cada disco compacto.

d).- Por cada copia simple.

e).- Por cada hoja impresa por medio de dispositivo informático.

$15.00

$20.00

$25.00

$1.00

$8.00

Los pagos anteriores deberán realizarse en las Agencias ó Subagencias Fiscales dependientes de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, y en las Tesorerías Municipales en aquellos casos de los municipios del Estado de Sonora que no cuenten con Agencia o Subagencia Fiscal.

 

 

Actualización: octubre 2018

Lic. Aldo Gerardo Padilla Pestaño
Magistrado Presidente.
Lic. Emma Guadalupe Millán Castro
Unidad de Enlace.

Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora
Blvd. Jesús García Morales No. 114 entre Ingenieros y Calzada de los Ángeles. Col. El Llano. Hermosillo, Sonora.
Teléfonos: 2120712 y 2171451.
Email: transparencia @ tjasonora.gob.mx