Las obligaciones establecidas en el artículo 77 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:
www.plataformadetransparencia.org.mx
Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La información generada por el Portal de Obligaciones de Transparencia también pueden ser consultada de forma simplificada en las siguientes ligas:
Información correspondiente al Ejercicio 2018 y posteriores:
Artículo 77.- Además de lo señalado en el artículo 70 de la presente Ley, los fideicomisos, fondos públicos, mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, en lo que resulte aplicable a cada contrato, la siguiente información:
I.- El nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario;
II.- La unidad administrativa responsable del fideicomiso;
IIIa.- El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban;
IIIb.- Uso y/o destino final de los recursos;
IV.- El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables;
V.- Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;
VIa.- El padrón de beneficiarios de fondos públicos;
VIb.- El padrón de beneficiarios de fideicomisos;
VIIa.- Recursos financieros utilizados para la creación;
VIIb.- Proceso de extinción del fideicomiso o fondo público;
VIIc.- Recursos financieros a la fecha de extinción;
VIId.- Proceso de creación del fideicomiso o fondo público;
VIII.- Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria.
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