Las obligaciones establecidas en los artículos 81 y 82 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, se encuentran a su disposición en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia en la siguiente dirección electrónica:
www.plataformadetransparencia.org.mx
Lo anterior con fundamento en el artículo 50, fracción III de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Igualmente, se hace de su conocimiento que el Sistema Nacional de Transparencia establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la plataforma nacional de transparencia promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de los usuarios, conforme al artículo 52 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Información en proceso de captura atendiendo a los artículos transitorios de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.
Artículo 81, 82 y 90
Artículo 81.- Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en los respectivos sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente Capítulo y acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y políticas que establece el Artículo 70 de la Ley General, así como la siguiente información adicional:
ART. 81-2018
Artículo 82.- Además de lo dispuesto en el Artículo anterior y lo establecido en el Artículo 71 de la Ley General, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y mantener actualiza, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información, según corresponda:
ART. 82-2018
Artículo 90.- Además de los dispuesto en el artículo 81 de esta Ley y lo establecido en el artículo 75 de las Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Universidad de Sonora, la Universidad Estatal de Sonora, el Instituto Tecnológico de Sonora y las Instituciones de Educación Superior que reciban y ejerzan recursos públicos deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de los establecido en el presente Capitulo, la siguiente información:
ART. 90-2018
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