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GUBERNATURA
XII. Declaraciones de situación Patrimonial de los Servidores Públicos
Los sujetos obligados deberán publicar la versión pública de la declaración de situación patrimonial de los(as) servidores(as) públicos(as), integrantes, miembros del sujeto obligado y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad, y que tiene la obligación de presentar declaración de situación patrimonial en sus tres modalidades: inicio, modificación y de conclusión, de conformidad con la normatividad que resulte aplicable en la materia.
2018 2019 2020 2021
FECHA DE ULTIMA ACTUALIZACIÓN: ABRIL 2021 | |
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