Transparencia>Poder Ejecutivo>Secretarías>Secretaría de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo>Histórico>Artículo 81 y 82 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora>Información Pública Segundo Trimestre 2018

 

SECRETARÍA DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL PODER EJECUTIVO

Información Pública que comprende al segundo trimestre del 2018 (Artículo 81 y 82 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora) 

 

Fracción I - Estructura Orgánica _Organigrama

 

Fracción I - Estructura Orgánica _Estructura Orgánica

 

Fracción II – Directorio

 

Fracción III - Remuneración bruta y neta

 

Fracción IV - (a) Los servicios a su cargo

 

Fracción IV - (b) Los trámites a su cargo

 

Fracción V - Gastos por concepto de viáticos y representación

 

Fracción VI - Perfil de Puestos

 

Fracción VII - Declaraciones de situación patrimonial

 

Fracción VIII - Unidad de Transparencia (UT)

 

Fracción IX - Información financiera

 

Fracción X - Resultados de auditorías realizadas

 

Fracción XI - Presupuesto asignado Cuenta pública

 

Fracción XII - Deuda Pública

 

Fracción XIII - Relación de Fideicomisos Públicos y Mixtos

 

Fracción XIV - Padrón vehicular

 

Fracción XV - Los planes, programas o proyectos con indicadores de gestión

 

Fracción XVI - Actas de Entrega-Recepción

 

Fracción XVII - Georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: el sector al que pertenecen, ubicación y monto asi..

 

Fracción XVIII - Gastos de publicidad oficial Programa Anual de Comunicación Social o equivalente

 

Fracción XIX - Los índices de expedientes clasificados

 

Fracción XX - Las Solicitudes de acceso a la información pública

 

Fracción XXI - Descripción de las reglas de procedimiento para obtener información

 

Fracción XXII - Los Convenios Institucionales celebrados

 

Fracción XXIII - El listado, estado procesal y sentido de los juicios de amparo

 

Fracción XXIV - La calendarización de las reuniones públicas

 

Fracción XXV - Las opiniones, estudios, análisis, recomendaciones y/o puntos de vista documentados

 

Fracción XXVI - (a) Resultados adjudicaciones, invitaciones y licitaciones Procedimientos de licitación pública e invitación a cuando

 

Fracción XXVI - (b) Resultados adjudicaciones, invitaciones y licitaciones_Procedimientos de adjudicación directa

 

Fracción XXVII - Los catálogos documentales

 

 

 

 

Artículo 82.- Además de lo dispuesto en el artículo anterior y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información, según corresponda:

I. Las Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuraduría de justicia; 

 

                                                                                                                              

II.- En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuántas se ejerció acción penal, en cuántas se decretó el no ejercicio y cuántas se archivaron, además de las órdenes de aprehensión, presentación y cateo; 

 

 

III.- Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron; 

 

 

IV.- Los reglamentos expedidos en ejercicio de sus atribuciones, sus modificaciones y su fecha de publicación y entrada en vigor; 

 

 

V.- Las iniciativas de Leyes y Decretos presentados ante el Congreso del Estado, mismas que deberán publicarse dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su presentación ante el Poder Legislativo; 

 

 

VI.- Las Leyes y Decretos Legislativos sancionados y publicados, indicando la fecha de recepción del proyecto correspondiente por parte del Congreso Estatal y, en su caso, la fecha de su devolución del proyecto correspondiente con observaciones al Congreso del Estado; 

 

 

VII.- El listado de notarias existentes, los expedientes que se integraron para otorgar cada una de ellas como establece la ley en la materia, debiendo proporcionar la demarcación territorial, domicilio, su dirección física y electrónica, teléfono y el nombre del notario en funciones. 

 

 

VIII.- El atlas estatal de riesgos; 

 

 

IX.- Programa Estatal de Protección Civil y demás programas específicos, sectoriales, regionales, de contingencias o acciones que de éstos se deriven; 

 

X.- El calendario del ciclo escolar; 

 

 

XI.- La lista de útiles escolares básicos por nivel educativo señalando los que son proporcionados por la autoridad educativa; 

 

 

XII.- La base de datos que dé cuenta de todos los hospitales y centros de salud en el estado, incluyendo su presupuesto, ubicación, el personal asignado y el equipamiento con el que cuente; 

 

 

XIII.- Los procedimientos de visitas de verificación, vigilancia, revisión o inspección sanitaria que realice la Secretaría de Salud en cumplimiento de sus atribuciones, detallando el resultado y en su caso las sanciones que se hayan formalizado; 

 

 

XIV.- Las medidas preventivas para el cuidado de la salud, de acuerdo a la temporada; 

 

 

XV.- Los principales indicadores sobre la actividad jurisdiccional de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, que deberán incluir, al menos, los asuntos iniciados, en trámite y resueltos; 

 

 

XVI.- La lista de los sindicatos registrados ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado y los nombres de los dirigentes de los mismos; 

 

 

XVII.- Las listas de acuerdos (sic) la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado; 

 

 

XVIII.- Los laudos laborales que hayan causado ejecutoria en su versión pública; 

 

 

XIX.- El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales; 

 

 

XX.- El listado de expropiaciones, que contenga al menos, fecha de expropiación, domicilio y utilidad pública; 

 

 

XXI.- Los programas de exenciones o condonaciones de impuestos locales o regímenes especiales en materia tributaria local y los requisitos establecidos para la obtención de los mismos.

 

 

XXII.- El Plan Estatal de Desarrollo, vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físicos y financieros, para cada una de las metas.

Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento; 

 

 

XXIII.- Las solicitudes de impacto ambiental y los resolutivos emitidos por la autoridad competente; 

 

 

XXIV.- Las opiniones técnicas en materia de impacto ambiental emitidas en evaluaciones realizadas por la autoridad competente; 

 

 

XXV.- Las factibilidades de uso de suelo emitidas durante los cinco años previos;

 

 

XXVI.- El programa de ordenamiento territorial estatal; el listado de personas físicas y morales registrados como micro generadores de residuos peligrosos; y,

 

 

XXVII.- La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas.

 

UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA

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