Artículo 71. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
I. En el caso del Poder Ejecutivo Federal, los poderes ejecutivos de las Entidades Federativas, el Órgano Ejecutivo del Distrito Federal y los municipios:
a) El Plan Nacional de Desarrollo, los planes estatales de desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda;
INCISO-A Plan de Desarrollo (Nacional, Estatal, Municipal
INCISO-A Hipervínculo al Plan Nacional de Desarrollo
b) El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados;
INCISO-B Presupuesto de egresos
INCISO-B Egresos y fórmulas de distribución de los recursos
c) El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;
INCISO-C Listado de expropiaciones realizadas
INCISO-C Hipervínculo al listado de expropiaciones
d) El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;
INCISO-D Estadísticas sobre exenciones fiscales
INCISO-D Contribuyentes que recibieron cancelación o condonación de créditos fiscales
INCISO-D Hipervínculo a las cancelaciones y condonaciones de créditos fiscales
e) Los nombres de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como corredores y notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado;
INCISO-E Corredores y notarios públicos
INCISO-E Hipervínculo a la información de los corredores y notarios públicos
INCISO- Sanciones aplicadas a corredores y notarios
f) La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales, y
INCISO-F Hipervínculo a los planes de desarrollo urbano
INCISO-F Licencias de construcción
INCISO-F Licencias de uso de suelo
INCISO-F Planes y programas de ordenamiento ecológico
INCISO-F Planes y Programas de ordenamiento territorial
INCISO-F Planes y/o programas de desarrollo urbano
INCISO-F Tipos de uso de suelo
g) Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.
INCISO-G Disposiciones administrativas
II. Adicionalmente, en el caso de los municipios:
a) El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos, y
INCISO-A El contenido de las gacetas municipales
INCISO-A Hipervínculo a las gacetas municipales
b) Las actas de sesiones de cabildo, los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos.
INCISO-B Sesiones celebradas de Cabildo
INCISO-B Calendario de sesiones del Cabildo
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