Transparencia>Poder Ejecutivo>Organismos Públicos Descentralizados>Sistema Estatal de Televisión Sonorense (SETS)>Artículo 71 LGT>Fracción II>LEYENDA

Por medio de la presente y con fundamento a las atribuciones del SETS; hace de su conocimiento que la información que a continuación se describe no es generada por este sujeto obligado, debido a que no se encuentra dentro de sus facultades u obligaciones:

Art 71.- LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

 fracc II. Adicionalmente, en el caso de los municipios:

a)    El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos  y acuerdos aprobados por los ayuntamientos, y 

b)    Las actas de sesiones de cabildo, los controle de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos.