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Intituto Catastral y Registral del Estado de Sonora

Atribuciones de la Unidad de Servicios Administrativos

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ARTÍCULO 23.- Corresponden a la Unidad de Servicios Administrativos las siguientes atribuciones específicas:

Titular: C. Cruz Delia González Cruz                              Organigrama

I.             Integrar y formular el anteproyecto de presupuesto  de egresos  del Instituto en coordinación  con las demás Unidades  Administrativas y someterlo  a la aprobación  del Vocal Ejecutivo;

II.          Programar los períodos vacacionales  del personal  e integrar el  reporte  global  del Instituto;

III.          Planear y programar el otorgamiento de los diversos materiales y servicios de apoyo administrativo que requieran las demás Unidades Administrativas del Instituto, en materia de recursos humanos, materiales y financieros;

IV.         Integrar de las demás Unidades Administrativas del Instituto, los documentos que acrediten la historia laboral de los servidores públicos al servicio del Instituto, conformando un expediente único  e individual que estará  sujeto a actualización constante;

V.          Elaborar  en coordinación con las demás Unidades Administrativas del Instituto, los estudios de organización y método tendientes a mejorar la prestación de los diversos servicios, su organización y su funcionamiento en general e implementar programas de modernización administrativa, mediante la constante innovación de los procedimientos internos;

VI.         Integrar y proponer al Vocal Ejecutivo, la planeación financiera para la comercialización de los productos del Sistema Estatal de Información Inmobiliaria, previa integración y coordinación con las demás Unidades Administrativas del Instituto;

VII.        Apoyar en el diseño, elaboración y supervisión de los contratos, convenios y acuerdos que realice el Instituto con instituciones públicas y privadas;

VIII.      Adquirir toda clase de materiales y bienes muebles requeridos o solicitados por las Unidades Administrativas del Instituto, para el desempeño de sus actividades, previa aprobación del Vocal Ejecutivo;

IX.          Suministrar los  diversos materiales requeridos por las diversas áreas u oficinas del Instituto y controlar su inventario  mediante el registro de entradas y salidas;

X.           Administrar el fondo revolvente asignado al Instituto de acuerdo a las disposiciones vigentes y someter su ejercicio  a aprobación del Vocal Ejecutivo;

XI.          Verificar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en las oficinas del Instituto e integrar el programa de Comisión Interna;

XII.        Integrar de las demás Unidades Administrativas, los trámites y apoyos requeridos por el Instituto en cuanto a la contratación de recursos humanos, materiales y financieros para gestionarlos ante las diversas instancias y dependencias externas;

XIII.      Integrar de las demás Unidades Administrativas, los contratos de servicios básicos, tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, limpieza, arrendamientos y otros similares, indispensables para el funcionamiento del Instituto y someterlos, en su caso, a aprobación del Vocal Ejecutivo;

XIV.     Verificar que los servidores públicos reúnan las características y los requisitos cualitativos del puesto que se demandan para la eficiente prestación de los servicios registrales y catastrales, así como el cumplimiento de las diversas obligaciones legales a que están sujetas como tales;

XV.       .Conjuntar de las Unidades Administrativas, los nombramientos, remociones, renuncias, permisos, licencias, quinquenios, pensiones, jubilaciones y demás  incidencias  de los  servidores  públicos  al servicio  del Instituto,  para tramitarlos  ante la  Dirección  General  de Recursos  Humanos  del Gobierno  del Estado;

XVI.      Expedir las credenciales  de identificación de los servidores públicos  al servicio  del Instituto  y demás  constancias  que acrediten la situación  laboral  de los trabajadores;

XVII.    Conciliar  los asientos  contables  existentes  en el Sistema Integral de Información y Administración Financiera (S.I.I.A.F.), contra  la documentación  comprobatoria  y otorgar  seguimiento al presupuesto de egresos  del Instituto;

XVIII.   Coordinar y conjuntar de las demás  Unidades  Administrativas,  el informe trimestral de avance en los programas  y presupuestos  del Instituto  y someterlo  a aprobación  del Vocal Ejecutivo para su posterior  envío  a la Secretaría de Hacienda;

XIX.     Controlar los resguardos e inventarios de los bienes muebles e inmuebles asignados al Instituto tales como: mobiliario, equipo de oficina, equipo de informática, vehículos y otros;

XX.       Vigilar la disponibilidad oportuna de los recursos financieros en las partidas presupuestarias  requiriendo a las Unidades Administrativas la solicitud de transferencias  correspondientes, mismas que una vez integradas en forma institucional, serán sometidas a aprobación del Vocal Ejecutivo y el Secretario de Hacienda;

XXI.     Controlar administrativamente los recursos financieros generados por concepto de derechos catastrales y registrales, en la prestación de los diversos servicios del Instituto y practicar revisiones periódicas;

XXII.    Supervisar y realizar actividades de control interno en el ámbito general de las Unidades Administrativas del Instituto,  previa aprobación del Vocal Ejecutivo;

XXIII.   Realizar supervisiones Jurídico-Administrativas a las Direcciones Generales de Servicios Catastrales, de Servicios Registrales, de Servicios Informáticos, de Enlace y Coordinación con Municipios, Oficinas Registrales Jurisdiccionales y Oficinas Municipales de Administración del Impuesto Predial y Servicios Catastrales, y turnar el informe de resultados a la Vocalía Ejecutiva; y

XXIV.  Las demás atribuciones que le señale el Vocal Ejecutivo o le confieran otras disposiciones legales.

 

Actualizada a  Octubre 2017.

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