ARTÍCULO 23.- Corresponden a la Unidad de Servicios Administrativos las siguientes atribuciones específicas:
Titular: C. Cruz Delia González Cruz Organigrama
I. Integrar y formular el anteproyecto de presupuesto de egresos del Instituto en coordinación con las demás Unidades Administrativas y someterlo a la aprobación del Vocal Ejecutivo;
II. Programar los períodos vacacionales del personal e integrar el reporte global del Instituto;
III. Planear y programar el otorgamiento de los diversos materiales y servicios de apoyo administrativo que requieran las demás Unidades Administrativas del Instituto, en materia de recursos humanos, materiales y financieros;
IV. Integrar de las demás Unidades Administrativas del Instituto, los documentos que acrediten la historia laboral de los servidores públicos al servicio del Instituto, conformando un expediente único e individual que estará sujeto a actualización constante;
V. Elaborar en coordinación con las demás Unidades Administrativas del Instituto, los estudios de organización y método tendientes a mejorar la prestación de los diversos servicios, su organización y su funcionamiento en general e implementar programas de modernización administrativa, mediante la constante innovación de los procedimientos internos;
VI. Integrar y proponer al Vocal Ejecutivo, la planeación financiera para la comercialización de los productos del Sistema Estatal de Información Inmobiliaria, previa integración y coordinación con las demás Unidades Administrativas del Instituto;
VII. Apoyar en el diseño, elaboración y supervisión de los contratos, convenios y acuerdos que realice el Instituto con instituciones públicas y privadas;
VIII. Adquirir toda clase de materiales y bienes muebles requeridos o solicitados por las Unidades Administrativas del Instituto, para el desempeño de sus actividades, previa aprobación del Vocal Ejecutivo;
IX. Suministrar los diversos materiales requeridos por las diversas áreas u oficinas del Instituto y controlar su inventario mediante el registro de entradas y salidas;
X. Administrar el fondo revolvente asignado al Instituto de acuerdo a las disposiciones vigentes y someter su ejercicio a aprobación del Vocal Ejecutivo;
XI. Verificar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en las oficinas del Instituto e integrar el programa de Comisión Interna;
XII. Integrar de las demás Unidades Administrativas, los trámites y apoyos requeridos por el Instituto en cuanto a la contratación de recursos humanos, materiales y financieros para gestionarlos ante las diversas instancias y dependencias externas;
XIII. Integrar de las demás Unidades Administrativas, los contratos de servicios básicos, tales como: agua, energía eléctrica, teléfono, limpieza, arrendamientos y otros similares, indispensables para el funcionamiento del Instituto y someterlos, en su caso, a aprobación del Vocal Ejecutivo;
XIV. Verificar que los servidores públicos reúnan las características y los requisitos cualitativos del puesto que se demandan para la eficiente prestación de los servicios registrales y catastrales, así como el cumplimiento de las diversas obligaciones legales a que están sujetas como tales;
XV. .Conjuntar de las Unidades Administrativas, los nombramientos, remociones, renuncias, permisos, licencias, quinquenios, pensiones, jubilaciones y demás incidencias de los servidores públicos al servicio del Instituto, para tramitarlos ante la Dirección General de Recursos Humanos del Gobierno del Estado;
XVI. Expedir las credenciales de identificación de los servidores públicos al servicio del Instituto y demás constancias que acrediten la situación laboral de los trabajadores;
XVII. Conciliar los asientos contables existentes en el Sistema Integral de Información y Administración Financiera (S.I.I.A.F.), contra la documentación comprobatoria y otorgar seguimiento al presupuesto de egresos del Instituto;
XVIII. Coordinar y conjuntar de las demás Unidades Administrativas, el informe trimestral de avance en los programas y presupuestos del Instituto y someterlo a aprobación del Vocal Ejecutivo para su posterior envío a la Secretaría de Hacienda;
XIX. Controlar los resguardos e inventarios de los bienes muebles e inmuebles asignados al Instituto tales como: mobiliario, equipo de oficina, equipo de informática, vehículos y otros;
XX. Vigilar la disponibilidad oportuna de los recursos financieros en las partidas presupuestarias requiriendo a las Unidades Administrativas la solicitud de transferencias correspondientes, mismas que una vez integradas en forma institucional, serán sometidas a aprobación del Vocal Ejecutivo y el Secretario de Hacienda;
XXI. Controlar administrativamente los recursos financieros generados por concepto de derechos catastrales y registrales, en la prestación de los diversos servicios del Instituto y practicar revisiones periódicas;
XXII. Supervisar y realizar actividades de control interno en el ámbito general de las Unidades Administrativas del Instituto, previa aprobación del Vocal Ejecutivo;
XXIII. Realizar supervisiones Jurídico-Administrativas a las Direcciones Generales de Servicios Catastrales, de Servicios Registrales, de Servicios Informáticos, de Enlace y Coordinación con Municipios, Oficinas Registrales Jurisdiccionales y Oficinas Municipales de Administración del Impuesto Predial y Servicios Catastrales, y turnar el informe de resultados a la Vocalía Ejecutiva; y
XXIV. Las demás atribuciones que le señale el Vocal Ejecutivo o le confieran otras disposiciones legales.
Actualizada a Octubre 2017.