ARTÍCULO 16.- La Dirección General de Innovación y Sectores Tecnológicos estará adscrita a estará adscrita a la Subsecretaría de Impulso a la Comercialización y le corresponden las siguientes atribuciones:
Titular: Lic. Mauricio Madrid Muñoz
I. Proponer los cambios en los programas, estrategias y líneas de acción que sean necesarios para alcanzar la mejora continua de la política de apoyo a los emprendedores y sectores tecnológicos;
II. Planear, elaborar y ejecutar los programas de tecnología e innovación de la Secretaría y vigilar que se dé cumplimiento a los programas y proyectos acordados, dando seguimiento a las acciones que resulten de la ejecución de dichos programas;
III. Ejecutar y operar los proyectos relacionados con tecnología e innovación derivados de las estrategias definidas por la Subsecretaría de Desarrollo Económico;
IV. Elaborar y actualizar los registros, padrones e inventarios de los emprendedores, así como proporcionar a la Secretaría los datos e informes que le soliciten al respecto;
V. Acordar por lo menos cada quince días con los Directores Generales, con el propósito de mantener una estrecha comunicación e información respecto de los programas dirigidos a emprendedores;
VI. Brindar, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría, asesoría y apoyo técnico a las empresas que busquen la adopción de nuevas tecnologías o ejecución de proyectos tecnológicos y de emprendimiento, impulsando el fortalecimiento de las micros, pequeñas y medianas empresas tecnológicas;
VII. Trabajar en coordinación con la Dirección General de Vinculación, con las instituciones educativas de nivel medio superior y superior, a fin de que adecuen sus programas a los requerimientos de las actividades productivas y a las oportunidades generadas al detonar los sectores tecnológicos y de innovación;
VIII. Coordinarse con autoridades educativas para obtener la información necesaria para el desarrollo de los emprendedores.
IX. Ejecutar acciones para todo tipo de promoción y publicidad de los proyectos y programas a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, relacionados con los sectores de innovación y tecnología;
X. Difundir a la sociedad en general, las actividades los resultados de sus gestiones e investigaciones, sin perjuicio de los derechos de propiedad industrial o intelectual correspondientes y de la información que, por su naturaleza, deba clasificarse como reservada o confidencial;
XI. Promover la coordinación con otras instituciones públicas o privadas, incluyendo a organizaciones gubernamentales nacionales e internacionales, para la realización de proyectos específicos para el desarrollo de una cultura emprendedora y sectores tecnológicos, incluyendo simplificación de autorizaciones, permisos o concesiones que permitan detonar el sector tecnológico.
XII. Coadyuvar con universidades, o cualquier entidad análoga, para el desarrollo de actividades tendientes a fomento de la cultura emprendedora.
XIII. Promover y participar en la organización y celebración de ferias, exposiciones, congresos y muestras referentes a innovación y tecnología, procurando el desarrollo y buen funcionamiento de los parques científicos y tecnológicos de la entidad, fomentando la protección de la propiedad industrial.
XIV. Desarrollar sistemas estadísticos de información básica relativa a las actividades tecnológicas;
XV. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y le encomiende su superior jerárquico.