ARTÍCULO 13.- Dirección General de Atención a Programas Empresariales estará adscrita a la Subsecretaría de Impulso a la Comercialización y le corresponden las siguientes atribuciones:
Titular: Dr. Jesús Arnulfo León Balderrama
I. Identificar las iniciativas, proyectos y/o programas de desarrollo empresarial que propongan las Unidades Administrativas de la Secretaría de Economía conforme a sus respectivas atribuciones que impulsen el desarrollo económico del estado.
II. Gestionar recursos ante otras dependencias, instituciones, organizaciones y programas federales que permitan la obtención de recursos para el financiamiento de los Programas identificados.
III. Diseñar y ejecutar programas, instrumentos y esquemas que propicien la creación de empresas y el desarrollo, fortalecimiento, modernización e incremento de la competitividad y productividad de las MIPYMES.
IV. Coordinar la operación, control, seguimiento y comprobación de recursos gestionados, así como los compromisos asumidos derivado de los recursos obtenidos, asegurando el cumplimiento de obligaciones adquiridas ante las instancias correspondientes.
V. Investigar y proponer al Secretario de Economía, fondos disponibles a los cuales se puede acceder en beneficio de empresas, emprendedores y proyectos estratégicos.
VI. Elaborar proyectos conforme a las normatividades y reglas correspondientes de los fondos de apoyo para la obtención y aprobación de recursos que permitan la implementación de Programas empresariales.
VII. Atender, documentar y ejecutar las convocatorias del Fondo Nacional del Emprendedor; para impulsar el fortalecimiento del emprendor y el desarrollo empresarial;
VIII. Incentivar el crecimiento económico a través del fomento a la productividad e innovación en las micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en sectores estratégicos;
IX. Asesorar y vincular a las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores a los programas públicos y privados que operan para su beneficio.
X. Elaborar informes en base a sus enlaces y resultados.
XI. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y le encomiende su superior jerárquico.