ARTÍCULO 12.- La Dirección General de Vinculación e Industria Manufacturera estará adscrita a la Subsecretaría de Desarrollo Económico y le corresponden las siguientes atribuciones:
Titular: Lic. Stephanie Rovira Celayo
I. Apoyar la elaboración de los programas de la Secretaría y coadyuvar al seguimiento de las acciones que resulten de la ejecución de dichos programas;
II. Participar en la elaboración de convenios de promoción industrial y aprovechamiento de la infraestructura económica para la ubicación regional adecuada de la industria, conforme a las prioridades establecidas en el Plan Estatal de Desarrollo;
III. Proponer las acciones de concertación de carácter técnico con las instituciones educativas de nivel superior, centros de investigación y desarrollo tecnológico, así como los sectores social y privado, a fin de que se adecuen sus programas a los requerimientos en materia industrial y promoción de desarrollo y adaptación de nuevas tecnologías;
IV. Apoyar a las unidades administrativas de la Secretaría, brindando asesoría a los usuarios interesados en obtener los servicios que ésta otorga; y, en su caso canalizarlos con el área correspondiente;
V. Promover e impulsar de manera conjunta con organismos empresariales, instituciones educativas, organizaciones no gubernamentales y agrupaciones de profesionistas, la organización y realización de foros, talleres, seminarios, ferias, exposiciones, congresos y eventos que impulsen la economía del Estado y el fortalecimiento de empresas;
VI. Fomentar mecanismos de vinculación para la industria y las instituciones de educación superior, así como de los demás sectores productivos en la entidad con organismos e instituciones similares, ya sea en el territorio nacional o internacional, para el fortalecimiento y desarrollo de la actividad económica del Estado;
VII. Vincular acciones entre el Poder Ejecutivo del Estado con los diferentes sectores productivos y cámaras empresariales, a fin de proponer la conjunción de esfuerzos en la detección y atención de todas aquellas situaciones que afectan las operaciones productivas de los empresarios sonorenses;
XIII. Coordinar el sistema de enlace con los municipios del Estado de Sonora, como apoyo de las distintas áreas de la Secretaría, dando a conocer los programas y servicios que ésta ofrece a empresas y emprendedores;
IX. Integrar, operar y mantener actualizado el Padrón Estatal de Organismos y Cámaras empresariales de Sonora;
X. Promover e impulsar la creación, instalación y desarrollo de establecimientos de los sectores industriales, haciendo más atractiva la inversión en este sector en materia de desarrollo de proveeduría e inter proveeduría de insumos;
XI. Promover las condiciones necesarias ante el sector empresarial y asociaciones industriales de la entidad de las micros, pequeñas y medianas empresas del sector industrial para que se generen entre éstas la relación y el interés por las cadenas productivas para el crecimiento del ingreso, por las exportaciones locales, por la competitividad y el combate al desempleo;
XII. Desarrollar la ampliación de la planta productiva en las áreas aeroespacial, automotriz, eléctrica y electrónica, en las diferentes regiones de la entidad, mediante el aprovechamiento de los recursos naturales, vocaciones, potencial productivo, ubicación geográfica, mercados actuales y potenciales;
XIII. Integrar, como fase superior en la organización de la industria maquiladora y manufacturera, cadenas de proveeduría y potenciar el esfuerzo individual de las unidades industriales, como una forma de participación eficiente en la conducción de los programas de fomento de las actividades industriales;
XIV. Impulsar la competitividad de los procesos secundarios dentro del sector industrial para asegurar una buena calidad, bajo costo y entrega a tiempo de los productos respectivos, en la entidad;
XV. Concurrir en la ejecución de la política de fomento industrial y en el diseño de estrategias para elevar la productividad, calidad y competitividad;
XVI. Promover la implantación de programas de transferencia tecnológica en apoyo al desarrollo industrial y aprovechamiento de la proveeduría;
XVII. Coordinarse con las dependencias estatales, federales y municipales y con organismos que incidan en el desarrollo sectorial sobre la industria;
XVIII. Participar, de conformidad con la normatividad aplicable, en comisiones, comités, grupos de trabajo y órganos o consejos directivos de las instituciones y organismos que atiendan asuntos vinculados con el sector industrial, así como en negociaciones internacionales; y
IX. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y le encomiende su superior jerárquico.