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Secretaría de Gobierno

Atribuciones de la Coordinación General de Administración y Control Presupuestal

 

 

ARTÍCULO 23.- La Coordinación General de Administración y Control Presupuestal, estará adscrita directamente al Despacho del Titular y tendrá las siguientes atribuciones:

 

       I.-            Administrar los recursos humanos, materiales, financieros y servicios necesarios para el funcionamiento de la Secretaría, conforme a las disposiciones normativas aplicables, los procedimientos y políticas que se establezcan para tal efecto;

      II.-            Coordinar y asesorar a los titulares de las unidades administrativas de la Secretaría con respecto a los procedimientos para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales;

    III.-            Coordinar el trámite de dotaciones y reposiciones financieras de las unidades administrativas de la Secretaría;

    IV.-            Supervisar que la aplicación del presupuesto de las unidades administrativas de la Secretaría, se ejerza conforme a las disposiciones normativas aplicables y las políticas establecidas para el ejercicio y control de los recursos autorizados;

     V.-            Coordinar a las unidades administrativas de la Secretaría que ejerzan directamente su propio presupuesto, en la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual de egresos, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Hacienda, para posteriormente someterlos a consideración del Secretario;

    VI.-            Tramitar los pedidos y contratos que se celebren en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles, de conformidad con las normas administrativas aplicables;

  VII.-            Integrar y controlar los avances del gasto corriente aprobado a las unidades administrativas de la Secretaría e informar lo conducente al Secretario;

 VIII.-            Controlar y registrar los pedidos materiales y suministros, los pagos por servicios generales y de los equipos que adquiera la Secretaría, en base a la disposición presupuestal y con estricto apego a las Disposiciones de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal vigentes;

    IX.-            Elaborar y mantener permanentemente actualizados los inventarios y resguardos correspondientes del mobiliario, equipo y vehículos asignados a las unidades administrativas de la Secretaría;

     X.-            Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestales que presenten las unidades administrativas y tramitar, previa autorización del Secretario, ante la Secretaría de Hacienda, la afectación presupuestal para su autorización, registro y control;

    XI.-            Vigilar el cumplimiento de las políticas y lineamientos para el ejercicio, control y registro en materia de servicios personales, recursos materiales de toda la Secretaría;

  XII.-            Coordinar la elaboración y entrega del informe de actividades desarrolladas por las unidades administrativas de la Secretaría, para la formulación del informe del Ejecutivo Estatal;

 XIII.-            Proporcionar información de la Secretaría en lo concerniente al directorio de la Administración pública Estatal; y así mismo, elaborar los Manuales de Organización, de Procedimientos y de Servicios al Público de la dependencia, de conformidad con las políticas y los lineamientos que expida la Secretaría de la Contraloría General;

XIV.-            Establecer coordinación con la Subsecretaría de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda, para la realización de cursos de capacitación y formación de personal que propicien el desarrollo integral de los empleados de la Secretaría;

  XV.-            Establecer coordinación con la Secretaría de Hacienda con el fin de definir las estrategias de seguimiento, evaluación e información al interior de la Secretaría en el marco del Sistema Estatal de Evaluación;

XVI.-            Dar seguimiento al ejercicio del presupuesto aprobado para las unidades administrativas y de los órganos desconcentrados de la Secretaría e informar periódicamente al Secretario;

XVII.-             Presidir en ausencia del Secretario, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con bienes muebles de la Secretaría, a fin de desarrollar acciones que promuevan la optimización de los recursos que se destinen a las adquisiciones, arrendamientos y servicios; coadyuvando a la observancia de la ley correspondiente y su reglamento;

XVIII.-             Establecer los sistemas de control administrativo y presupuestal necesarios para alcanzar las metas y objetivos propuestos;

XIX.-             Solicitar a las unidades administrativas de la Secretaría la información y apoyo necesario para el cumplimiento de sus atribuciones; y

  XX.-            Las demás que le confieran las disposiciones normativas aplicables y el  Secretario.

 

TITULAR

 

C.P. MARTHA OLIVIA MURRIETA,

Coordinadora General de Administración y Control Presupuestal.

 

FECHA DE PUBLICACIÓN

 

Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.

Boletín Oficial del Gobierno del Estado, No. 23, Sección I de fecha 19 de septiembre del 2016.

 

Actualizado Septiembre de 2016

 

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